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POR LA REAPERTURA DE UN PROCESO SOBERANISTA 2006.10.27
Lo urgente: la Paz. Lo importante: la Independencia
PRINCIPIOS IDEOLOGICOS-1992
- - EUSKARIA es una Asociación civil de amplia base social no sujeta a disciplina de partido ni organismo alguno y estructurado a nivel nacional.
II.- EUSKARIA tiene como objetivos la reivindicación de la Soberanía nacional vasca y el ejercicio del Derecho de Autodeterminación que de modo incuestionable e inalienable corresponden a Euskalerria en tanto que Pueblo sometido a la dominación extranjera, optando por la Independencia nacional como único estatus político que puede garantizar el desarrollo pleno de su identidad nacional. Siendo pilares fundamentales de esa identidad nacional el mantenimiento de la integridad territorial (Araba, Bizcaia, Guipuzkoa, Lapurdi, Nafarroa y Zuberoa), así como el desarrollo de nuestra cultura y la potenciación del Euskera como lengua nacional.
III.- EUSKARIA adopta como normas propias el respeto y la colaboración para con toda entidad u organización cuya actividad vaya dirigida hacia objetivos coincidentes con los de la propia asociación.
IV.- EUSKARIA proclama que: 1.- La Soberanía nacional sólo puede concebirse como el derecho objetivo en que se ampara la Libertad de los pueblos a su propia existencia. Euskalerria debe ser el gestor de sus propios derechos y de la toma de decisiones sobre el ejercicio de los mismos y ello pasa, indefectiblemente, por el reconocimiento de que este pueblo es soberano y en consecuencia, de la existencia del mismo como realidad histórica, social, cultural, económica y política. 2.- El Derecho de Autodeterminación, como derecho colectivo de la Persona Humana, es, por su naturaleza, imprescriptible, insuspendible y de rango superior a toda norma constitucional u otra norma positiva cualquiera. El destino de Euskalerria como Pueblo y, obviamente, el ejercicio de su Derecho de Autodeterminación, corresponden exclusivamente al Pueblo Vasco, único legitimado a tal efecto. 3.- El desenlace lógico del ejercicio de los derechos, anteriormente citados, no puede ser otro que la opción independentista. La Independencia responde a la necesidad de que Euskalerria se construya en base a la voluntad soberana del Pueblo Vasco. La negación por parte de los Estados imperialistas Francés y Español de los Derechos de Euskalerria como pueblo y la constatación del etnicidio al que hemos sido sometidos, impone la Independencia como única posibilidad de supervivencia. La independencia es pues, el único status capaz de garantizar el ejercicio de la soberanía de la Nación Vasca; plataforma desde la que habrán de establecerse, en situación de igualdad, relaciones políticas, económicas y culturales con otras naciones, muy en particular con las que existen vínculos de vecindad históricos, con el ánimo de que las personas y los pueblos vivan en paz, solidaridad, progreso y amistad.
- - El reconocimiento de los derechos que a Euskalerria le asisten es una cuestión de Justicia.
VI.- La liberación de Euskalerria deberá ser el resultado de un movimiento unitario en el que participen Partidos Políticos, y todos aquellos colectivos y sectores comprometidos con esta causa.
VII.- Para la consecución de los objetivos que persigue, EUSKARIA orientará preferentemente su actividad hacia: - La organización y presentación de todo tipo de iniciativas ya sean de carácter popular o institucional, que se consideren oportunas para los fines de la asociación. - La potenciación y reforzamiento de la Conciencia nacional vasca de forma que ésta se concrete en un consenso mayoritario y dinámico, y no de puro voluntarismo sentimentalista, para la consecución de nuestros derechos. - La promoción y difusión permanente del rechazo de todo aquella institución u organismo del tipo que fuere, que rehuse u obstaculice el ejercicio de esos derechos por parte del Pueblo Vasco. - La proyección internacional de Euskalerria como Nación plenamente diferenciada en el contexto Europeo y la colaboración con los pueblos que se encuentran en procesos de recuperación de su Soberanía.
EL EJERCICIO DEL DERECHO DE AUTODETERMINACION (1995)
A) EL DERECHO DE LIBRE DETERMINACION ES UN DERECHO HUMANO COLECTIVO
Todos los derechos humanos tienen siempre como sujeto a la persona humana.De igual modo que el ser humano es hoy en día considerado sujeto de derecho a la vida, y dentro de ella a definir libremente su pensamiento, su actitud y su finalidad, no cabe pensar que los derechos humanos prescriban cuando el sujeto de ellos forme parte de un colectivo humano calificado por su etnia, su cultura,historia, o por intereses comunes de orden económico , político , religioso etc. o por mera voluntad de sus componentes. Los derechos individuales son aplicables al colectivo. Defender los derechos individuales sin hacer relación a la persona en cuanto a miembro de un colectivo contradice el sentido de los derechos humanos como referidos a todos los Derechos que afectan a la dignidad de la persona humana. Asi mismo hablar de los derechos colectivos menospreciando u olvidando los derechos individuales distorsiona la realidad y prescinde de derechos tan fundamentales como el de la integridad física, el de un trabajo remunerado, el de vivienda,educación,sanidad etc. Todo pueblo,etnia o nación , como una colectividad religiosa o un movimiento político etc. es receptor de los mismos derechos humanos:a la vida y existencia, a definir libremente su modo de actuación y su fin último.
Estos derechos en lo individual y en lo colectivo no deben tener más límites que el que marca el derecho de los sujetos ajenos a ese individuo y a ese colectivo. Es decir que si el derecho a la existencia es inalienable, el derecho al libre ejercicio de ese derecho y el de su objetivo final nunca pueden poner en peligro el derecho a la existencia del resto de seres y grupos humanos tal cual el imperialismo. Si el ser humano hoy en día es libre, una vez superados terribles períodos de esclavitud, servilismo y diversos modos de opresión y sumisión a otros seres humanos preponderantes por mayor capacidad económica,política etc., no cabe pensar que el colectivo humano sea pueblo o nación, sea movimiento político o religioso etc. deba estar sometido a esclavitud,servilismo o imperialismo, ni siquiera a imposición política,social,económica ni militar de otro pueblo o nación, o movimiento etc. El ejercicio de la libre determinación es un derecho humano colectivo fundamental.El sujeto directo es el pueblo en cuanto colectividad en el que participan las personas individuales que forman ese pueblo ya por su libre decisión ya porque reciben los efectos que de ello se siguen.
El ser humano nace libre para vivir libremente, igual que el pueblo nace libre para vivir libremente. Todo pueblo o nación tiene derecho a su existencia en libertad .
B) EL DERECHO DE AUTODETERMINACION: MOTOR DE LA HISTORIA
El derecho a la libertad de los pueblos o naciones está reconocido desde el momento en que existe una nación independiente de otra. No cabe admitir que un mismo derecho aplicable a una nación no sea aplicable a todas,en razón de situaciones geopolíticas,económicas,culturales etc. Los organismos internacionales surgidos en este siglo han recogido el ejercicio de este derecho, aunque limitado por los intereses de las grandes naciones, dando con ello lugar a la desaparición casi total del sistema colonialista en que estaba sumida una parte del mundo. La libertad de una nación se expresa mediante la determinación libre de su estatus político.El principio de las nacionalidades primero y su posterior formulación "el derecho a la libre determinación de los pueblos" ha sido verdadera fuerza motriz de la historia moderna y la que ha determinado las granes transformaciones de los últimos tiempos. La exigencia de la autodeterminación viene dada, a menudo, por la insatisfacción de una colectividad que se ve forzada a vivir en el seno de un Estado con el que no se identifica o rechaza. La reivindicación nacional es hoy en día uno de los principales asuntos que debe solucionar el mundo a las puertas del nuevo milenio. La comunidad internacional, y la propia Unión Europea, no pueden construírse sobre la negación de la soberanía y el autogobierno de las colectividades nacionales que reclaman sus derechos. Incluso alguno estado han recogido en su ordenamiento interno este derecho para los colectivos nacionales existentes en su seno, sin embargo la mayoría de los estados plurinalicionales aún hoy no recogen en sus textos legales el ejercicio del derecho de autodeterminación de todas sus naciones ,haciendo descansar el ejercicio del derecho, en uno sólo de sus componentes nacionales o simplemente considerando uno de ellos como aglutinante de todos y receptor en exclusiva de tal derecho, así Francia, España, Italia,etc. Otros estados otorgan a sus naciones amplias autonomías ,soslayando de tal manera el derecho a la independencia, con lo que consiguen en muchos casos una convivencia internacional relativamente pacífica y respetuosa en el interior de un mismo estado así,más o menos: ,Belgica,Canada. Otros estados han sido creados a partir de la libre determinación de sus componentes nacionales de unirse mediante pactos federales o confederales,asi: EE.UU.,Suiza. En todo caso, el ejercicio del derecho de autodeterminación ha posibilitado la solución de muchas situaciones conflictivas o injustas dando lugar a la constitución de la mayoría de las naciones actuales que en este siglo han alcanzado la libertad.
C) EL DERECHO DE AUTODETERMINACION Y LOS PACTOS INTERNACIONALES
El principio de libre determinación para todos los pueblos se encuentra reconocido en varios Pactos y Declaraciones Internacionales de derechos, tales como los art. 1-2 y 55 de la Carta de la ONU, el art.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos , así como del Pacto Internacional de Derechos Económicos,Sociales y Culturales de l6 de Diciembre de 1966, la Declaración de Helsinki de 1975, la Carta de Argel o Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos de 4 de Julio de 1976 y la Declaración Universal de los Derechos Colectivos de los Pueblos aprobada por la Conferencia de Naciones sin Estado de Europa ( CONSEU ) en Barcelona el 27 de Mayo de 199O. Sin embargo, son aún muchos los pueblos , como Euskal Herria, a los que se niega el reconocimiento de su soberanía, su integridad territorial y la igualdad con el resto de pueblos constituídos en unidades políticas autodeterminadas.
D) EUSKAL HERRIA: SUJETO DE DERECHO DE AUTODETRMINACION
El pueblo vasco posee los rasgos característicos de una nación como muchas de las naciones estatalizadas actuales. El pueblo vasco posee una cultura propia muy característica: su lengua,uno de los idiomas primeros Europa, sus danzas y deportes ,su arquitectura popular ,costumbres , creencias,mitos y leyendas reflejan su modo de vida y su actitud ante ella,su espíritu e idiosincrasia. El pueblo vasco posee una historia propia, aun cuando dividida, que le caracteriza: el Reyno de Navarra, los sistemas forales, la defensa de sus intereses soberanos durante siglos ante los centros de poder de Francia y España, el proyecto de Garat "Nueva Fenicia","La Gamazada", "La Carlistada" ,incluso la soberanía alcanzada al amparo de las especiales circunstancias bélicas que rodearon la autonomía vasca en l936-37 con la constitución y puesta en funcionamiento de su propio ejército,policía,moneda, etc. El pueblo vasco posee una identidad geográfica propia delimitada desde hace siglos y denominada desde antigüo por los nombres de los territorios que se han mantenido euskaldunes:Araba,Bizkaia,Gipuzkoa,Lapurdi,Nafarroa y Zuberoa. El pueblo vasco posee su propio sistema legal característico basado en la democracia foral y los códigos emanados de ella:derechos individuales, en algunos casos mucho más respetuosos con el individuo que los más modernos actualmente en vigor. Derechos de propiedad, sucesión, familiar , que denotan un sentido propio de ver el ordenamiento social.
El pueblo vasco posee una voluntad histórica de permanecer libre,como se ha puesto de manifiesto en los mencionados casos históricos y como se observa por el profundo sentimiento nacional,expresado de diferentes formas, que denotan los vascos: su apego a su idioma,su lucha política, la conservación de sus costrumbres, su identificación nacional en todo rincón del mundo donde se encuentren,sus preferencias ideológicas mayoritarias de claro tinte nacionalista, su notoria adhesión a toda iniciativa contraria al sostenimiento ya sea fiscal ya militar de los estados en que se encuentra, su especial desapego a la cultura que le han venido imponiendo dichos estados, su mayoritario apoyo a todas las iniciativas pro soberanía nacional. Si un pueblo se define subjetivamente , es conocido que nuestro pueblo nunca ha renunciado a sí mismo y, en consecuencia, tampoco a ser dueño de su propio destino.
En definitiva el pueblo vasco constituye una nación, no sólamente en su acepción étnica sino desde el mismo punto de vista de los estados que le niegan esta condición: La imposición de las lenguas de los estados pretendiendo la aniquilación del euskara;la imposición de sistemas constitucionales tras la supresión por fuerza del sistema propio de los territorios vascos; la imposición del servicio militar,de policias ajenas a su sociedad, de gobernadores o prefectos que ejercen una tarea muy similar al de las antiguas colonias; la implementación en los códigos legales de dichos estados de cláusulas específicamente predestinadas a impedir la propia existencia jurídica del pueblo vasco. La misma actividad de la policía de ambos estados,la implantación sistemática de funcionarios foraneos en la enseñanza,justicia,administración pública etc. es clara expresión de la voluntad de los estados Francés y Español de aniquilar el hecho nacional vasco lo que es prueba irrefutable de la existencia del sentimiento,derecho y proyecto de constitución de tal hecho nacional en el pueblo vasco. El derecho de libre determinación es inherente a la existencia misma del pueblo vasco. El pueblo vasco,Euskal Herria tiene históricamente el mismo derecho a la independencia que tiene Portugal porque si éste lo es por haber ganado una batalla el pueblo vasco no lo es por haber perdido batallas decisivas como la de Noaín o Amaiur. Tiene el mismo derecho que puede tener Irlanda que alcanzó la libertad tras siglos de lucha que acabó ganando mientras Euskal Herria fue derrotada por la fuerza de las armas no del derecho ni la razón. Euskal Herria tiene el mismo derecho que Cuba o Puerto Rico o cualquiera otra de las naciones que fueron un día provincias o colonias de España. La autodeterminación no puede quedar nunca limitada y menos proscrita por accidentes geográficos,sea río,monte o mar, ni accidentes históricos sean batallas o traiciones,sean transaciones feudales o compromisos entre dinastías. Euskal Herria tiene el mismo derecho que Lituania, Estonia, Letonia, Eslovenia, u otros que no ha mucho fueron regiones autónomas dentro de un estado y que accedieron a su independencia por mayoritario acuerdo de sus ciudadanos.
Euskal Herria tiene el mismo derecho que Bélgica, estado artificialmente creado, o Luxemburgo que lo es en razón de privilegios feudales, o Andorra, o Suiza,Chequia,Eslovaquia, cualquiera de las naciones desgajadas del imperio austro-húngaro que hoy son naciones libres en razón de la voluntad de sus ciudadanos. Euskal Herria tiene el mismo derecho a romper la frontera que le divide como lo tuvo Alemania, o en sentido inverso Chequia y Eslovaquia, como lo tiene Irlanda con respecto a su territorio desgajado del norte. Euskal Herria tiene el mismo derecho que Israel o Palestina a constituirse en estado en su propio territorio histórico para conservar su propia existencia,igualmente que el pueblo kurdo o el de Quebec, tibetanos,chechenos,etc. de igual manera que lo tiene Catalunya, Escocia, Córcega, Gales Bretraña, etc.
E) OBSTACULOS INTERNOS PARA SU APLICACION
Es evidente que la situación actual de Euskal Herria, reflejo de su historia, está marcada por la división. Geográficamente en tres comunidades, dos reconocidas oficialmente en el estado español, una ni siquiera existente de forma legal en el estado francés, y podíamos decir que hay trozos de nuestro país dentro de otras comunidades (Trebiño-Castilla León y Turtzioz-Cantabria).La división geográfica se agrava al encontrase entre dos estados diferentes. Partiendo de esta división es difícil poder considerar el pueblo vasco como nación,al menos no unitaria, luego los derechos inerentes a la misma se hallan divididos y por consiguiente casi en situación de inaplicabilidad. Ello se ha resuelto de manera insatisfactoria para el pueblo vasco considerando a la Comunidad Autónoma Vasca como receptor de todos los derechos del pueblo vasco.Ahora bien los vascos no hemos de renunciar nunca a la extensión de este derecho a todo el pueblo vasco o Euskal Herria. La unión de todas las regiones históricas vascas es un derecho y un anhelo del pueblo vasco tan sentido y tan irrenunciable como el mismo de autodeterminación. A la división geográfica hay que añadir , o mejor anteponer, el obstáculo que supone para la consecución del derecho de autodeterminación, la división ideológica entre los vascos. Las razones de esta división ideológica son múltiples.Habría que empezar por tener en cuenta la pérdida de la conciencia nacional producido en amplias zonas del país.
La conexión con las culturas foraneas, la cohabitación política,social,ecónomica etc. con otras regiones o incluso la imposición de éstas sobre nuestros signos de identidad nacional, mediante la inmigración, la administración pública civil y militar, el negativo predominio de los medios de comunicación y de los partidos políticos foraneos y hostiles,etc. han mermado la conciencia nacional incluso en zonas donde pervive la cultura autóctona y está pujante el euskara,etc. La inmigración masiva posterior a las Guerras Carlistas, y mayor todavía tras la Guerra del 36 acabaron dejando en minoría a los vascos en algunas zonas de nuestro propio país creándose bolsas de ciudadanos de procedencia foránea que acabaron con los modos vascos en muchos lugares (Margen Izquierda del Nervión, Baiona-Biarritz, nucleos industriales como Gasteiz,Eibar,Irun,Basauri , Bilbao o Iruña). Pero también es de tener en cuenta la actitud de los dirigentes sociales,políticos,económicos etc. vascos que lejos de buscar fórmulas de cohesión y defensa de de los derechos del pueblo vasco son ejecutores de las divisiones interprovinciales, hacen dejación de los derechos que nos pudieran corresponder y optan por defender los intereses de los estados francés y español en detrimento del interes general de pueblo vasco. Asi :La separación de Navarra de Nafarroa Beherea y el resto de Euskal Herria; igualmente las actitudes ante la autodeterminación o el euskara, la obstaculización de las relaciones entre Iparralde y Hegoalde, la negativa de algunos sectores políticos internos a la configuración de un departamento vasco en el estado francés etc. Todo esto ha venido a producir un elemento negativos derivado de la creencia de que el ejercicio del derecho de autodeterminación es utópico y por consiguiente inalcanzable, lo que lleva amplias capas sociales a desengancharse de cualquier proceso de defensa del mismo, desencantado de tantos años de lucha, desencantado de la actitud de los dirigentes del pueblo, desencantado de todo lo que se identifique con algún tipo de compromiso social. Todos estos obstaculos ,acrecentados por campañas de desnacionalización promovidas por agentes intelectuales de los estados , adscritos a ideas imperialistas, xenofilias interesadas por motivos económicos,políticos etc, imposibilitan la normalización nacional del pueblo vasco. El ejercicio de la autodeterminación depende ,en gran medida, del mismo pueblo vasco.Se necesita una voluntad colectiva y decidida, un pueblo unido con el firme propósito de ser dueño de sí mismo y de su futuro. La libertad de Euskal Herria no vendrá por iniciativa propia de los Estados francés y español.
F) OBSTACULOS EXTERNOS PARA SU APLICACION
Los obstáculos externos son los creados por la imposición de dos estados superpuestos a la nación vasca y que impiden no sólamente la existencia de ésta como colectivo jurídicamente reconocido etc. sino cualquier proyecto que lo pretenda.Más todavía, impiden la propia existencia del pueblo vasco. Las respectivas constituciones o cuerpos legales de esos estados impiden el ejercicio de la autodeterminación y aun cuando en el estado español posibilitan un nivel de autonomía relativamente modesto en Francia ni siquiera ocurre así. La falta del reconocimiento del pueblo vasco como sujeto del ejercicio de la autodeterminación para crear su propio estado se sustentan también sobre la fuerza de los estamentos armados del estado a los que constitucionalmente se les otorga capacidad y deber de garantizar lo que dan en denominar unidad nacional,dentro de la cual incluyen al pueblo vasco como parte del pueblo español o francés. La falta de capacidad ofensiva del pueblo vasco, su demografía siempre minoritaria ante grandes imperios que le rodean, con comunidades foraneas que se superponen en su territorio, está tambien en el origen de los obstáculos que históricamente han impedido a Euskal Herria llegar a constituirse en estado en la época moderna. La carencia de apoyos externos importantes , como los que pudiera tener Irlanda,Israel,Palestina,Quebec etc. es también un obstáculo que ha de superar el pueblo vasco porque como muchas veces ocurre un mismo derecho no es igualmente fuerte si no va acompañado de una fuerza de presión ,lobby, o similar que lo apoye.
EUSKAL HERRIA Y LAS CONSTITUCIONES FRANCESA Y ESPAÑOLA
Euskal Herria se halla dividido entre dos Estados,francés y español, fundamentados sobre Constituciones que aun proclamándose democráticas subordinan al pueblo vasco a sus respectivas colectividades nacionales predominantes. La Constitución vigente del estado francés aprobada el 28 de Septiembre de 1958, afirma que "el pueblo francés y los pueblos de los territorios de ultramar , por un pacto de libre determinación, adoptan la presente Constitución e instituyen una Comunidad. La Comunidad se funda en la igualdad y solidaridad de los pueblos que la componen".(Art.1) La Constitución francesa, por lo tanto, no reconoce la existencia del 0pueblo vasco por considerarlo parte del francés y no tener en ningún caso consideración de ultramarino.Existen,no obstante, ciertas disposiciones legales que reconocen la singularidad lingüística y cultural del pueblo vasco. Es preciso buscar los elementos objetivos del hecho nacional vasco ,que darán paso a la identidad subjetiva, para que el propio pueblo reclame su reconocimiento para el ejercicio de sus derechos .
La Constitución española de 1978 afirma en su art.1º que "la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado". Dado que,además, "la Constitución española se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indisoluble de todos los españoles" (Art.2º) cuya soberanía,independencia e integridad territorial son garantizadas por las Fuerzas Armadas (Art.8º,ap.1º) el pueblo vasco peninsular queda despojado de su soberanía originaria y de los derechos derivados de ella. Aun cuando niega el ejercicio del derecho de autodeterminación, sin embargo ,en estricta legalidad, la Constitución Española no impide el proceso que pudiere introducir ese derecho en su seno. No obstante las meras formulaciones jurídicas de ámbos Estados ,surgidas tras la abolición de la soberanía originaria de Euskal Herria, aquella no prescribirá en tanto que persista la voluntad de los vascos reservar para sí el libre ejercicio de determinar su propio destino.
G) DECLARACION FINAL
Como vascos entendemos que Euskal Herria es una nación y que como tal le corresponde el ejercicio del derecho de libre determinación para decidir su propio ser. Creemos que tal derecho además de reconocido para el conjunto del pueblo vasco debe poder ser ejercido en la forma en que éste determine. Para alcanzar estos objetivos es preciso que podamos tener los medios que nos permitan recuperar la identidad y conciencia colectiva de nación vasca para poder ejercitar la autodeterminación con plenas garantías de igualdad y libertad.
CARACTERISTICAS DEL MOVIMIENTO
El Movimiento que se crea tiene por objeto impulsar la consecución del ejercicio de autodeterminación de Euskal Herria. Para ello se empeñará en la educación política y concienciación social que impulse la generalización de la conciencia nacional entre todos los vascos,residentes en Euskal Herria o de la diáspora. Revisará en todo momento la implementación de nuevos conceptos de derecho basados en la voluntad soberana del pueblo vasco, su sentido de la conveniencia de encontrar nuevos sistemas y status políticos que posibiliten la solución de los problemas que hoy en día agarrotan al pueblo vasco: la pérdida de su identidad nacional, el desencanto social y sus graves consecuencias, las violencias y agresividades, la indefensión ante los retos económicos,industriales,laborales etc. que nos plantean los nuevos tiempos... Propiciará la aglutinación de las diversas sensibilidades e ideologías que conviven en Euskal Herria para impulsar entre todos la recuperación de la soberanía que permita a nuestro pueblo decidir libremente el marco constitucional que desee darse en cada momento de su historia. Buscará el reconocimiento , por los pueblos directamente implicados , de nuestros derechos y especialmente la solidaridad de sus miembros demócratas y tolerantes. Se tratará de coordinar esfuerzos con otras naciones en situación similar y aun con aquellas que ya pueden ejercitar todos sus derechos. El Movimiento obrará siempre por vías pacíficas. Impulsará la participación activa de los ciudadanos vascos en el proceso de recuperación y fortalecimiento de los signos diferenciales del hecho nacional ,especialmente el euskara, la cultura vasca , el espíritu nacional y la visión de país en todos los órdenes. Se prestará especial atención a las diversas formas de desobediencia civil que se impulsarán para la concienciación nacional, participación ciudadana y ruptura de los límites legales que nos han impuesto.
ABERRI EGUNA 1998
EUSKAL ERREPUBLIKA DENON ARTEAN LORTZEN
En el estado español, y en los últimos veinte años se han producido cambios que en cada caso se han intentado vender como la reforma democrática por excelencia, cuando en realidad se trataba únicamente de un denso maquillaje que pretendía ocultar a los más ingenuos y al mundo en general, la voluntad de hacer perdurar sin Franco una España abierta al mundo neoliberal pero aferrada a la vieja idea de "UNA UNIDAD DE DESTINO EN LO UNIVERSAL" pese a lo que opináramos, Vascos, Catalanes o Gallegos.
Los acontecimientos de los últimos meses han dejado más al descubierto la verdadera actitud de los que siempre han mandado en las Españas. La crispación en los políticos y periodistas españoles y la virulencia en sus campañas anti-vascas, dejan al descubierto el miedo de la sociedad española a que los vascos visualicen un proyecto claro y unitario de futuro.
Hasta los más ingenuos pueden darse cuenta hoy, que es imposible recuperar nuestra soberanía por la vía del dialogo, si no somos capaces de llevar adelante una estrategia de acumulación de fuerzas Abertzales, para ejercer una PRESIÓN que les obligue a quitarse el maquillaje ante el mundo y tener por fin que ejercer de verdaderos demócratas.
Cada vez es mayor el número de personalidades, organizaciones sociales, sindicatos y partidos políticos que manifiestan pública y abiertamente , que "EL MARCO JURÍDICO ACTUAL NO NOS SIRVE", y no nos sirve; dentro del montaje ideado por los españoles como marco legal vigente, en el que nunca podremos llegar a recuperar nuestra soberanía como pueblo.
La necesidad de acumular fuerzas y movilizar una mayoría social en torno al cambio del actual marco jurídico, requiere como fase previa la necesidad de crear un proyecto de nuevo marco jurídico-político en torno al cual movilizar el consenso social necesario.
No se puede hablar con rigor de un nuevo marco jurídico-político sin que, seguidamente, se den los pasos necesarios para fijarlo, con la participación y el consenso mayoritario de las fuerzas sociales y políticas de Euskal-Herria dentro de un "MARCO VASCO DE DECISIÓN".
"AUTODETERMINAZIOAREN BILTZARRAK" plataforma integrada por las organizaciones Euskaria, Abertzaleok, Amaiur e Independientes, para articular una iniciativa social por el EJERCICIO DE LA AUTODETERMINACIÓN del Pueblo Vasco, en el Día en el que TODOS los Nacionalistas Vascos reafirmamos nuestra voluntad de constituir una Nación, quiere resaltar la necesidad de sumar todas aquellas fuerzas que estén dispuestas a luchar y movilizarse de forma democrática, plural y pacífica, por un nuevo marco Jurídico-Político que supere las lagunas e insuficiencias de los actuales regímenes administrativos y políticos que dividen a Euskal-Herria.
En el actual contexto socio-político, AUTODETERMINAZIOAREN BILTZARRAK llama a todos los sectores del Pueblo Vasco a participar de forma activa en el proceso de consensuar el nuevo marco jurídico-político que Euskal-Herria requiere para entrar en el siglo XXI como un País soberano, dentro de la Europa Comunitaria, y que le permita hacer frente a un mundo globalizante y homogeneizador, tanto en el ámbito de la economía como en el de la cultura.
Hablar de un nuevo marco jurídico implica generar el instrumento, como lo hicieron nuestros antepasados con nuestros Estatutos, en torno al cual movilizar el consenso y la mayoría social que este país precisa.
A lo largo del siglo que se extingue, desde el "Estatuto General del Estado Vasco" aprobado en la Asamblea de los Municipios Vascos reunida en Estella el 14 de Junio de 1.931, han sido numerosos los intentos de dotar a Euskal-Herria de un marco jurídico-político que diese satisfacción a sus ansias de autodeterminación y, en definitiva, de auto-gobierno. La sucesión de Estatutos y de proyectos de Estatuto son claros ejemplos de la capacidad de este Pueblo para dotarse de los instrumentos Político-Jurídicos con que ejercer su Soberanía.
Agotados el "ESTATUTO DE GERNIKA" y el " AMEJORAMIENTO FORAL", y demostrada su insuficiencia, se hace necesario y urgente abordar la tarea de redactar el proyecto de un nuevo Estatuto, que, superados los de Autonomía, deberá ser el ESTATUTO DE SOBERANÍA o, en definitiva, el ESTATUTO DE LA REPÚBLICA VASCA.
Nuestro sitio no está dentro de las Constituciones Españolas o Francesas, ni en Pactos monárquicos, ni en falsos pactos Forales, nuestro sitio está en un ESTATUTO DE LA REPÚBLICA VASCA.
En el ABERRI EGUNA 98 "AUTODETERMINAZIOAREN BILTZARRAK" manifiesta públicamente su compromiso de impulsar el dialogo y el debate con los Agentes Sociales y en general con toda la sociedad, planteando, el desbloquear, llenar de contenido y avanzar en el EJERCICIO DE LA AUTODETERMINACIÓN, generando, dentro de un "MARCO VASCO DE DECISIÓN" un PROYECTO DE ESTATUTO DE LA REPÚBLICA VASCA.
Un año mas, "AUTODETERMINAZIOAREN BILTZARRAK" invita a todos los vascos a participar activamente en los diferentes actos conmemorativos de ABERRI EGUNA 98 y en especial en los de carácter unitario como en el previsto en Kanbo.
¡ GORA EUSKAL ERREPUBLIKA !
Iruña 12 de Abril de 1.998
